El TS confirma la sentencia que deniega al recurrente la concesión de la nacionalidad española por residencia. La Sala se ha pronunciado en supuestos análogos de forma negativa a la concesión de la nacionalidad, sosteniendo que la condena penal impuesta -por delito de conducción bajo la influencia de bebidas alcohólicas- se alza ya de por sí como un obstáculo insalvable para la apreciación de la buena conducta cívica, no solo por la propia trascendencia y desvalor jurídico y social del delito cometido, sino también por tratarse de hechos no lejanos en el tiempo a la tramitación del expediente de nacionalidad, aun cuando hayan sido cancelados los antecedentes penales. (Seguir leyendo)
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