domingo, 24 de noviembre de 2013

Las parejas de funcionarios podrán compartir el permiso de lactancia

La Audiencia Nacional ratifica en una sentencia que no se trata de un derecho exclusivo de la madre sino que corresponde a ambos progenitores

La Audiencia Nacional ha ratificado en una sentencia que las parejas de funcionarios puedan compartir el periodo de lactancia al considerar que no se trata de un derecho exclusivo de la madre sino que corresponde a ambos progenitores, por lo que desde ahora lo pueden solicitar en sus puestos de trabajo.

En una sentencia firme, la sección quinta de la Sala de lo Contencioso Administrativo ha rechazado el recurso del Ministerio del Interior contra un fallo del mismo tribunal que dio la razón a un policía al que no le dejaron compartir la lactancia con su mujer, juez en ejercicio. La Sala de lo Contencioso entiende que ambos padres pueden compartir el permiso, lo que contribuye a la igualdad efectiva entre hombres y mujeres, frente al criterio del Ministerio de que debía ser uno u otro padre el que tuviera derecho al periodo de lactancia, pero no los dos.

La Sala considera que la interpretación defendida por la Administración restringe el derecho, cuando en el Estatuto Básico del Empleado Público lo confiere «a cualquiera de los progenitores, de ahí el uso de la expresión indistintamente por uno u otro de los progenitores, en el caso de que ambos trabajen».La ley, señala la sentencia, lo único que impone es que en el periodo de su disfrute sólo uno de los progenitores lo utilice, pero «no cercena ni prohíbe el uso compartido de forma sucesiva entre ambos durante el total del periodo de duración».

Además, los magistrados de la Sala creen que esa es la interpretación más correcta de la norma porque «permite involucrar a ambos géneros en la atención y cuidado del menor de edad, y además, puede permitir una más amplia protección y ejercicio de las opciones de los progenitores en la conciliación de la vida familiar con el trabajo».

Esta sentencia pone fin a un litigio que se inició cuando una madre de mellizos, juez en ejercicio, solicitó a la Administración un permiso de lactancia de 5 semanas y renunció a las tres restantes a favor de su marido, funcionario de Policía. Sin embargo, la Administración denegó el permiso al padre, que ahora sí le reconoce la Sala de lo Contencioso-administrativo de la Audiencia Nacional en una sentencia en la que impone las costas al Estado. (Información completa)
www.lavozdegalicia.es

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