jueves, 5 de diciembre de 2013

El Defensor del Paciente rechaza retirar el carné de conducir a enfermos

La asociación El Defensor del Paciente ha mostrado hoy su disconformidad con la propuesta del Servicio Catalán de Tráfico (SCT) de retirar el permiso de conducción a las personas que sufren determinadas enfermedades o toman psicofármacos porque la considera "injusta y arbitraria".

En un comunicado, esta asociación, que tiene su sede en Madrid, ha mostrado su oposición a la propuesta que ayer presentó el director del SCT, Joan Josep Isern, de retirar temporalmente el permiso de conducción a adictos al alcohol, a las drogas o a cualquier persona que siga un tratamiento con psicofármacos con efectos secundarios que afecten a su capacidad para conducir.

Según la asociación de defensa de los pacientes, esta medida "sería injusta y arbitraria por estar sancionando un estado de salud y/o anímico y no una conducta prohibida o sancionable, como debería ser"

Además, opina que también sería "inconstitucional" porque vulneraría la ley de protección de datos, el derecho a la intimidad y "podría constituir un delito de revelación de secretos, al prever que los servicios médicos revelen las historias clínicas de sus pacientes".

La asociación recuerda que el Reglamento de Circulación y otras normativas ya establecen limitaciones y controles "para vigilar, examinar, comprobar, revisar posibles estados físicos o psíquicos que puedan incidir en la conducción y los medios para limitar el permiso".

Según la asociación, "la Ley debe perseguir al conductor intoxicado, (al que conduce bajo los efectos de alcohol o estupefacientes) no al paciente adicto. Entre otras cosas porque no todo adicto conduce intoxicado, y no todo intoxicado es adicto".

Asimismo, denuncia que "la norma, pudiera provocar el efecto nefasto y contrario de que las personas con adicción no soliciten ayuda médica por el miedo a que ello comporte la privación del carné de conducir, que incluso pudiera privarles del medio de transporte para desplazarse a su puesto de trabajo, por ejemplo". (Información completa)
www.lavanguardia.com

No hay comentarios:

Publicar un comentario

Para hacer comentarios en el blog de Asextra, debes estar registrado.