Un abogado que en agosto de 2013 fue multado por la Policía Local por utilizar el teléfono móvil cuando conducía por la calle Pastor Díaz de Pontevedra trató de librarse de la sanción alegando en su recurso contencioso-administrativo ante el juzgado que en el momento de la infracción "se encontraba en el ejercicio de su función, como abogado, en defensa de los derechos fundamentales de dos menores de edad" y esgrimió que por ello tenía la consideración de autoridad.
El juez rechazó este argumento, así como la alegación de que habría una "falta de motivación" para imponer la sanción. Por ello, el sentencia, conocida ayer por el gobierno local, confirma la multa, que conlleva el pago de 200 euros y la pérdida de tres puntos en el carné de conducir.
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