El juzgado de Instrucción número 3 de Burgos ha condenado a una multa de 720 euros y a la retirada del carné durante ocho meses al conductor al que el radar cazó la semana pasada a 122 por hora en la calle Vitoria, frente a Bridgestone. La jueza titular estima que es culpable de un delito de conducción a velocidad notoriamente superior a la reglamentada. Sin embargo, no considera que el individuo deba ser condenado a una pena de prisión.
El Código Penal establece en su artículo 379 que quien conduzca un vehículo de motor o un ciclomotor a velocidad superior en 60 kilómetros por hora en vía urbana -el caso que nos ocupa- o en 80 kilómetros por hora en vía interurbana a la permitida reglamentariamente será castigado con la pena de prisión de 3 a 6 meses o con la de multa de seis a doce meses o con la de trabajos en beneficio de la comunidad de treinta y uno a noventa días, y, en cualquier caso, con la de privación del derecho a conducir entre uno y cuatro años.
¿Por qué solo ha sido condenado a 8 meses sin carné? La Fiscalía solicitó una pena de un año de retirada del permiso de conducción pero al dictarse una sentencia de conformidad -el acusado mostró su acuerdo con la imputación- automáticamente las condenas se rebajan en un tercio. He ahí al explicación.
El conductor fue sorprendido el martes de la semana pasada, en pleno día, a las siete de la tarde. Por suerte, un radar de la Policía Local pudo inmortalizar -de milagro, es de imaginar- su paso a toda mecha por esta arteria de la capital. El cinemómetro estaba situado a la entrada al barrio Gamonal desde la carretera de Vitoria, frente a Bridgestone. El infractor fue identificado después con los datos de la matrícula, no fue parado el mismo día. (Información)
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