La Sala acuerda desestimar el recurso interpuesto por el Ministerio Fiscal contra la sentencia que absolvió al imputado del delito de conducir careciendo de permiso para ello. La Audiencia Provincial de Toledo en reciente sentencia del Pleno Jurisdiccional ha establecido que, en casos como el de autos, en que existen otras normas menos gravosas para el ciudadano que de igual modo protegen el mismo bien jurídico, han de ser aplicadas éstas, de tal forma que el delito existe cuando se acredite que la conducción ha generado un riesgo superior al que se produce por el solo hecho de conducir un vehículo sin tener permiso o licencia que habilita para ello, y la infracción administrativa cuando ese riesgo superior no resulta acreditado. (Sentencia)
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