Es el primer caso que se registra en Euskadi. El conductor kamikaze que en verano del año pasado provocó la muerte de la vecina de Errenteria, tras circular nueve kilómetros en dirección contraria y en estado de embriaguez, será juzgado por homicidio directo y no imprudente. Recibirá, por lo tanto, el mismo tratamiento jurídico que, por ejemplo, tuvo el vecino de Tolosa que mató de varias cuchilladas a la persona que había acogido en su casa, o el hombre que acabó con la vida de su compañero de piso en Bergara y luego arrojó su cadáver por la ventana al río Deba. El camionero se enfrenta, en consecuencia, a una pena de 15 años de prisión.
Fuente: Diario Vasco
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