viernes, 1 de abril de 2016

El Estado no podrá descontar dinero a personal militar y funcionarios de baja por una operación

Un agente de la Guardia Civil perteneciente al Subsector de Tráfico ha logrado tumbar al Estado por restarle de su nómina retribuciones básicas y complementarias que le pertenecían tras haber estado de baja por una operación. La sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid no se puede recurrir y abre la puerta a la presentación de cientos de reclamaciones, no solo de personal militar sino también de funcionarios públicos, para cobrar la integridad del salario en los casos de bajas laborales por intervenciones quirúrgicas, tal y como establece la ley.

La Sala de lo Contencioso-Administrativo ha aclarado una cuestión espinosa para los funcionarios, que, en muchas ocasiones, tal y como le ocurrió al agente que demandó al Ministerio del Interior, veían como les aplicaban a rajatabla reglamentos internos para justificar su insuficiencia laboral y descontarles así dinero de la nómina.

El tribunal de la Sección Primera, presidido por Francisco Javier Canabal, da ahora la razón al guardia civil y estima su apelación contra Interior, defendido por la Abogacía del Estado. En concreto, la sentencia a la que ha tenido acceso este periódico señala que la Dirección General de la Guardia Civil y la Subdirección de Personal no puede detraer dinero a un funcionario en presencia de cirugía, por mucho que la misma sea menor -el agente fue operado de unas fístulas en el recto- y tenga la necesidad de acreditar en un plazo concreto la existencia de la baja.

Instrucción en entredicho

El abogado del demandante, Antonio Suárez-Valdés, presentó un recurso en verano pasado contra la resolución dictada por el director general Arsenio Fernández de Mesa el 30 de abril de 2015. Dicho reglamento, en su apartado 8.2 de la Instrucción 1/2013 del Instituto Armado, establece las exigencias del parte de baja, por lo que las retribuciones del demandante se le abonaron conforme determina el Real Decreto Ley 20/2012, según la Abogacía.

Esta norma supuso la introducción de una serie de modificaciones en el régimen de prestaciones económicas por incapacidad temporal. Pese a ello, la Guardia Civil entendió que el agente incumplió la Instrucción 1/2013. Sin embargo, el tribunal consideró ahora que sí presentó en plazo el parte de baja y obliga a Interior a devolverle el dinero descontado de la nómina de enero de 2014. El agente estuvo de baja del 11 de septiembre al 6 de octubre de 2013.

Fuente: www.larioja.com

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