domingo, 22 de agosto de 2021

La habitual forma de aparcar que supone una multa de 500 euros y seis puntos del carnet

Esta práctica es ilegal según el Reglamento General de Circulación y las autoridades no necesitan presenciarla para imponer la sanción

Hay prácticas al volante que están tan generalizadas que no significa, por ello, que sean legales. Es lo que ocurre con el estacionamiento en sentido contrario al de la circulación de una vía. Según recoge el Reglamento General de Circulación, esta acción temeraria es completamente ilegal, además de que puede poner en peligro al resto de los conductores y puede causar un accidente, por lo que implica una sanción por parte de la Dirección General de Tráfico (DGT).

Puede que muchos conductores no lo conozcan, pero estacionar en sentido contrario puede acarrear una multa de hasta 500 euros y la pérdida de seis puntos del carnet de conducir.

Fuente: lasprovincias.es

No hay comentarios:

Publicar un comentario

Para hacer comentarios en el blog de Asextra, debes estar registrado.