La Administración no puede descontar días de vacaciones o de asuntos propios
Los funcionarios tienen derecho a disfrutar de un permiso laboral retribuido para cuidar de sus hijos menores de edad cuando deben estar confinados por estar en contacto estrecho con compañeros de clase contagiados por Covid, sin que la Administración correspondiente pueda instarles a consumir días de vacaciones o de asuntos particulares.
Así lo establece el juzgado de lo Contencioso-Administrativo Nº1 de Logroño, en sentencia de 17 de diciembre de 2021, en la que se reclamaba el derecho a disfrutar del permiso por "deber inexcusable de carácter personal", recogido en el Estatuto Básico del Empleado Público (EBEP) y la obligación de velar por los hijos menores que establece el Código Civil.
El ponente, el magistrado-juez Coello
Martín, considera, además, que la Orden del Ministerio de Justicia 504/2020
también ampara estas situaciones.
Fuente: eleconomista.es
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