La titular del Juzgado de lo Penal 2 de Ourense, Susana Pazos, condenó a 1.200 euros de multa (dos meses a 20 euros al día) a Rodrigo Rodríguez Crespo (33 años) acusado por la fiscal de una falta por imprudencia pero de homicidio imprudente por la familia de la víctima en relación a un accidente mortal que ocurrió el 9 de julio de 2010 en Vilamarín tras invadir el carril contrario por el que circulaba un motorista de 21 años. La misma sentencia le priva del permiso de conducir por un año y le impone las costas procesales.
El fallo aminora la responsabilidad penal del inculpado en tanto que considera, a tenor de la prueba practicada, que en el accidente concurrieron factores imputables al acusado y a la víctima. Dice la magistrada que fueron dos las circunstancias que contribuyeron a la producción de la colisión con fatídicas consecuencias para el conductor de la moto. Y es que no sólo hubo una invasión progresiva por parte del coche que conducía Rodríguez Crespo al abrirse para tomar una curva sino que también influyó que el motorista, quien iba sin seguro, no circulaba arrimado al borde de su carril y 'casi, con toda probabilidad, inclinado'.
La juzgadora también tiene en cuenta que el accidente se produjo en un tramo de reducida visibilidad, especialmente respecto al carril por el que iba el Mercedes (2,90 metro de anchura), con una línea divisoria muy desgastada en ese tramo de la OU-567, en la travesía de Vilamarín.
La impudencia del conductor del turismo fue sentenciada como leve porque 'no hubo una conducción bajo la influencia de bebidas alcohólicas, no se pudo probar un exceso de velocidad ni una maniobra temeraria de conducción por parte del acusado'. (Información)
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