jueves, 6 de febrero de 2014

Detectores e inhibidores de radar: ¿nos pueden multar por utilizarlos?

La nueva ley de Tráfico que se está tramitando en el Senado contempla sanciones por la utilización de algunos detectores que hasta ahora eran legales

Son muchas las dudas que han surgido entre los conductores acerca de la legalidad o no de utilizar inhibidores, detectores o avisadores de radar en los vehículos, sobre todo tras la intención de la DGT, a través de un anteproyecto de Ley, de efectuar una nueva regulación – y prohibición – de este tipo de dispositivos.

Debido a las modificaciones previstas en la última Ley de Tráfico, las cuestiones relativas a la legalidad de los avisadores, detectores e inhibidores de radar han generado numerosas preguntas entre los conductores, sobre todo entre aquellos que han comprado un dispositivo «detector» que en principio es legal, y que en un futuro próximo puede acarrear una multa e incluso la pérdida de puntos.

Si bien el fin de todos estos dispositivos es el evitar ser «cazado» por los radares, tanto por su modo de funcionamiento como por la forma en la que actúa la ley, conviene repasar cada uno de ellos para saber cuales son legales en la actualidad, y cuales dejarán de serlo tan pronto como entre en vigor la nueva ley, prevista para la próxima Semana Santa.
Avisadores, completamente legales

Los avisadores de radar son los dispositivos más sencillos y completamente legales, según nos aclaran desde el Comisariado Europeo del Automóvil (CEA). Este tipo de aparatos nos avisan de la presencia de un radar gracias a una base de datos que tiene fijados los puntos en los que la DGT tiene ubicados los radares. Deben ser actualizados con frecuencia para que sean lo más útiles posibles. (Seguir leyendo)
www.abc.es


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