sábado, 10 de mayo de 2014

La maquinaria de obras y agrícola está implicada en 36 accidentes mortales al año

El conductor involucrado en el accidente. (Efe)
El conductor implicado en el accidente de Badajoz.EFE

El accidente de un microbús que el jueves por la noche costó la vida a cinco chicos de un equipo de fútbol-sala en Monterrubio de la Serena (Badajoz) se ha saldado, hasta la fecha, con el ingreso en prisión provisional comunicada y sin fianza del conductor del otro vehículo involucrado en la tragedia. F.F.M., de 37 años, conducía una retroexcavadora. Los análisis señalan que había consumido cocaína y cannabis, pero, al margen de la gravedad de estos hechos, ¿qué normas deben cumplir estas máquinas en carretera? 

El Reglamento General define un vehículo especial como "autopropulsado o remolcado, concebido y construido para realizar obras o servicios determinados y que, por sus características, está exceptuado de cumplir alguna de las condiciones técnicas exigidas en este Reglamento o sobrepasa permanentemente los límites establecidos en el mismo para masas o dimensiones, así como la maquinaria agrícola y sus remolques". En concreto, el implicado en el accidente de Badajoz se inscribe en el epígrafe 69, el de las retroexcavadoras, especialmente diseñadas para la excavación o el desmonte del terreno, mediante una cuchara 'de ataque', acoplada a una superestructura giratoria en plano horizontal.
Estos vehículos, como ocurre con los tractores agrícolas, deben cumplir unasnormativas específicas en su construcción y equipamiento. En concreto, deben llevar una iluminación que les permita ver y ser vistos de noche.El reglamento hace referencia a dos tipos de vehículos, según puedan o no circular de noche. Toda máquina automotriz, agrícola o para obras, apta para circular de noche por tramos de vías señalizados con la señal de túnel o cuando existan condiciones meteorológicas o ambientales que disminuyan sensiblemente la visibilidad, deberán estar provistos de dispositivos de alumbrado y señalización óptica, como la luz de cruce, los indicadores de dirección con señal de emergencia, la luz de la placa posterior de matrícula, las de posición delantera y trasera, los catadióptricos y las luces de frenado en aquellos vehículos que puedan superar los 25 km/h. En el caso de los no aptos para circular de noche, tan solo deberán estar provistos de catadióptricos traseros no triangulares y de luces de frenado, siempre que puedan superar los 25 km/h.

En cuanto a las placas de matrícula, deben ser de color blanco y con los números en rojo mate. En ellas se distingue la letra 'E' seguida de un número de cuatro cifras; en la fila de debajo se ven otras tres letras. Esta placa deberá ir en el centro del vehículo en la parte trasera. (Información completa)
www.elconfidencial.com

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