miércoles, 12 de octubre de 2016

Seis meses de cárcel para un individuo que decía desconocer que conducía sin puntos

El acusado contaba con antecedentes, ya que tenía cuatro condenas más por pilotar el vehículo sin carnet

La Sección número 3 de la Audiencia Provincial condenó a un individuo a seis meses de cárcel por haber sido pillado conduciendo sin puntos en el carné de conducir. El acusado pedía la absolución por desconocer que había perdido la vigencia del permiso, a pesar de que fue condenado otras cuatro veces anteriormente por el mismo motivo.

Los hechos se remontan a las 13.00 horas del 12 de septiembre de 2014, cuando el individuo conducía por la calle San Antón de Murcia sin el permiso de conducir por haber perdido los puntos. Se da la circunstancia de que el individuo contaba con antecedentes, al haber sido condenado hasta cuatro veces por este mismo motivo.

El individuo fue condenado a seis meses de prisión y al pago de las costas del procedimiento judicial como autor criminalmente responsable del delito de conducción sin permiso por pérdida total de los puntos asignados, según la sentencia.

En cambio, el acusado presentó un recurso de apelación al considerar que desconocía de manera absoluta que había perdido la vigencia de su permiso, por lo que se conculcó el principio de presunción de inocencia o, en su caso, el principio in dubio pro reo.

Además, el acusado alegó que condució por una urgencia, lo que ampararía la eximente de estado de necesidad del Código Penal, por todo lo cual pidió la revocación de la sentencia y su absolución.

En cambio, la Audiencia Provincial ratificó la sentencia al entender que existía prueba "plural, legal, legítima y válidamente introducida en la vista oral" que "permite afirmar que el acusado tenía pleno conocimiento de tener excluida su habilitación legal para conducir por haber sido privado de los puntos asignados para ello''.

La Sala añadió que todo ello "se infiere", por ejemplo, de la versión sostenida por el acusado parcialmente, al señalar que sí tenía conocimiento de la pérdida de su permiso de conducir por pérdida de puntos, pese a que fue su abuela la que recibió la notificación de tráfico y, por ello, acudió a una auto-escuela para realizar el curso que le era exigido para recuperar el permiso.

Además, el abogado de la Defensa alegó desconocimiento por ausencia de la debida notificación de la resolución administrativa de pérdida de todos los puntos del permiso de conducir, dado que "se hizo a la abuela de su defendido y no a él personalmente".

A todo ello se unieron las cuatro condenas anteriores --tres en 2013 y otra en 2014-- por conducir sin permiso, lo que "es un factor incuestionable de conocimiento suficiente y cierto de la premisa penal".

Por otra parte, la Sala rechaza la necesidad de urgencia esgrimida por el acusado, ya que no quedó acreditada ni debidamente justificada.

Fuente: La Verdad

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