miércoles, 12 de octubre de 2016

El TS falla que no se puede retirar un permiso de armas por conducir ebrio

La Subdelegación le revocó la licencia a un lucense que cuadruplicó la tasa de alcohol tras un choque, pero el Supremo dice que eso no implica que haya riesgo de que beba cuando va de caza

El Tribunal Supremo obliga a devolver la licencia de armas a un lucense al que se la habían retirado por cuadruplicar la tasa de alcohol al volante. La Subdelegación del Gobierno y el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia entendían que dicha conducta ponía de manifiesto que el hombre no reunía las condiciones necesarias para tener la licencia de armas de caza. Sin embargo, el TS concluye que, a pesar de conducir bebido y tener un accidente de tráfico, "no es posible concluir que tal suceso evidencia la falta de condiciones subjetivas para la posesión de armas de caza".

En abril de 2013, la Subdelegación del Gobierno en Lugo le rebocó al hombre la licencia de armas tipo E. El afectado presentó un recurso de reposición y fue desestimado, por lo que acudió a los tribunales. El TSXG desestimó el recurso contencioso administrativo, pero el hombre llevo el caso al Supremo, que le dio la razón.

Fuente: El Progreso

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