Fue condenado doce veces por ir al volante sin haberse sacado el permiso e incluso ebrio
El ahora recluso nunca sacó el carné, pero conducía igualmente. Lo pararon una docena de veces y en una de ellas hasta iba ebrio. Fue condenado por todas ellas como autor de delitos contra la seguridad vial y conducción sin permiso. Hasta ahora, los jueces frente a los que se sentó lo castigaban con una multa, trabajos en beneficio de la comunidad o pequeñas penas de cárcel que no superaban los tres meses. Pero esta vez, el titular del Juzgado de lo Penal número 1 de A Coruña dijo basta ya. Lo condenó a seis meses de prisión y ordena que ingrese, que empiece a cumplir el castigo de inmediato. Y no le pudo imponer mayor pena porque la ley se lo impide. Así lo explica el juez en la sentencia: «Dada la reiteración del delito cometido, que ha originado un número elevadísimo de condenas por conducir sin permiso, así como la existencia de antecedentes penales por otros delitos, que acreditan su peligrosidad, entendida como propensión al delito, se va a imponer la pena en su grado máximo; esto es, seis meses de prisión».
Sin oponer resistencia
La última vez que este joven, vecino de A Coruña y con numerosos y variados antecedentes penales, fue sorprendido al volante cuando no podía hacerlo fue el 2 de octubre del 2015. El ahora condenado circulaba por la avenida de A Pasaxe, en A Coruña, sobre las cuatro de la madrugada cuando fue obligado a parar por una patrulla de la Guardia Civil. Como siempre hizo, el procesado no opuso resistencia ni rechistó. Asumió su culpa, como luego haría en el juzgado, y se fue a casa en taxi.
El joven, desde que fue condenado por primera vez en el 2009 por delitos contra la seguridad vial, fue sorprendido por agentes de tráfico de toda Galicia. Así, en la última sentencia se detallan los antecedentes judiciales, que empiezan con una condena de un juzgado de Pontevedra por conducir sin carné y, además, en estado ebrio. Le siguen más condenas de otras salas de O Porriño, Ourense, Santiago, A Coruña o Ribadavia.
En este último fallo, el titular del Juzgado de lo Penal número 1 de A Coruña aclara que al reo no se le podrá aplicar beneficio penitenciario alguno debido a su extraordinaria reincidencia penal.
Fuente: La Voz de Galicia
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