Los empleados públicos mantendrán el año que viene la congelación salarial, tendrán dos pagas extraordinarias y se mantendrán las restricciones a la contratación, según el proyecto de Presupuestos Generales del Estado para 2015.
El proyecto incluye en su planificación los gastos de personal al servicio del sector público previstos y recoge que en 2015 “las retribuciones del personal al servicio del sector público no podrán experimentar ningún incremento respecto a las vigentes a 31 de diciembre de 2014”, tanto por lo que respecta a “efectivos de personal como a la antigüedad del mismo”.
Asimismo, durante 2015, las Administraciones, entidades y sociedades mercantiles públicas “no podrán realizar aportaciones a planes de pensiones de empleo o contratos de seguro colectivos que incluyan la cobertura de la contingencia de jubilación”, recogen los Presupuestos Generales del Estado. Sí podrán, sin embargo, realizar “contratos de seguro colectivo que incluyan la cobertura de contingencias distintas a la de jubilación” siempre que no se produzca “incremento de la masa salarial de dicha Administración”.
El salario de los empleados públicos el año que viene, por tanto, constará de estos cinco conceptos:
1. Sueldo base y trienios: Los fija el Estado en función de las seis categorías profesionales existentes de funcionarios (A1, A2, B, C1, C2 y E). Esta es la tabla que recoge el proyecto de Presupuestos Generales del Estado para 2015, de sueldo base y trienios, así como de las pagas extraordinarias de junio y septiembre.
2. Complemento de destino: retribución que se percibe conforme al lugar del puesto que se ocupa. Los Presupuestos Generales del Estado recogen asimismo la tabla con las cuantías referidas a doce mensualidades. El texto señala que "en el ámbito de la docencia universitaria, la cuantía del complemento de destino fijada en la escala anterior podrá ser modificada en los casos en que así proceda de acuerdo con la normativa vigente".
3. Complemento específico: Es la parte del sueldo en función del puesto de trabajo. Lo establecen comunidades y ayuntamientos y puede llegar a suponer hasta el 50% del sueldo. Los PGE recogen que su cuantía anual “no experimentará incremento respecto de la vigente al 31 de diciembre de 2014”.
El complemento específico concreto de cada puesto se indica en la descripción del mismo que se publica el BOE para cada nivel.
4. Complemento de productividad: Parte variable que premia la mayor productividad de forma individual.
Retribuciones al Cuerpo Nacional de Policía
Los Presupuestos recoge que n el año 2015 las retribuciones y otras remuneraciones del personal del Cuerpo Nacional de Policía "no experimentarán incremento respecto a las vigentes a 31 de diciembre de 2014, sin perjuicio de la retribución por antigüedad que pudiera corresponderles".
Tampoco el complemento de productividad podrá experimentar "incremento respecto de la asignada a 31 de diciembre de 2014 en términos anuales y homogéneos de número y tipo de cargos".
Carreras Judicial y Fiscal
Las retribuciones de los miembros de las carreras judicial y fiscal no experimentarán ningún incremento respecto de las vigentes a 31 de diciembre de 2014. Las cuantías se recogen en esta tabla (pincha aquí).
A ella se sumará la retribución por antigüedad o trienios que, en su caso, corresponda.
Las pagas extraordinarias: dos al año por un importe, cada una de ellas, de una mensualidad del sueldo, antigüedad o trienios, según el caso, y la cuantía que se señala en el Anexo X de la Ley 39/2010, de 22 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2011 (Anexo X: Cuantía a incluir en la paga extraordinaria de los Miembros de la Carrera Judicial y de la Carrera Fiscal)
Retribuciones complementarias y las variables y especiales: no experimentarán ningún increment respecto de las vigentes a 31 de diciembre de 2014. (Información)
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