Se armonizan así con la normativa europea del permiso de conducción de automóviles y ciclomotores
Los permisos de conducción pueden estar sujetos a limitaciones, adaptaciones o restricciones relacionadas con la autorización o la persona titular, con el vehículo e incluso con la circulación.
Son circunstancias que deben quedar reflejadas en el propio carné mediante la inscripción de unos códigos, para conocimiento del titular, que en su caso deberá amoldar su comportamiento a estas anotaciones, y de la administración.
En este sentido, una nueva Orden Ministerial entrará en vigor el 1 de enero de 2017 para adaptar nuestra normativa a la Directiva comunitaria que armoniza los códigos del permiso de conducir en toda la Unión Europea.
Los permisos de conducción expedidos con anterioridad a esa fecha seguirán siendo válidos hasta que expire su vigencia o sean sustituidos por un nuevo permiso con ocasión de cualquier otro trámite reglamentario.
En este enlace de Automovilistas Europeos Asociados (AEA) se pueden cotejar los códigos de los nuevos permisos de conducir.
Fuente: ABC
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