La Asociación Unificada de Guardias Civiles (AUGC) de Córdoba recurrirá la sentencia. El Juzgado se fundamenta en una norma que desde su aprobación en 1987 ha sido modificada en 38 ocasiones.
El Juzgado Central de lo Contencioso-Administrativo número 6
ha rechazado reconocer como accidente laboral el fallecimiento 'in itinere' de
un guardia civil cordobés cuando iba a trabajar. Los servicios jurídicos de la
Asociación Unificada de Guardias Civiles (AUGC) de Córdoba recurrirán la
sentencia que deniega tal reconocimiento como acto de servicio. En una nota, la
AUGC ha detallado que en abril de 2017 un guardia civil destinado en el puesto
del municipio cordobés de Palma del Río, vocal de la asociación en dicha
unidad, sufrió un accidente de tráfico cuando se trasladaba desde su domicilio
hasta su destino para prestar servicio nocturno y "como consecuencia de
las gravísimas lesiones ocasionadas falleció un mes después". Al respecto,
han apuntado que "la ministra de Defensa determinó que dicho fallecimiento
no podía ser considerado en acto de servicio, a pesar de haberse producido
durante el desplazamiento hacia su lugar de trabajo -'in itinere'-", por
lo que la viuda del agente, asistida y representada por los servicios jurídicos
de AUGC, recurrió ante el Juzgado Central de lo Contencioso-Administrativo
número 6, que ha dictado hace unos días sentencia desestimando dicho recurso.
Fuente: 20minutos.es
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