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martes, 27 de noviembre de 2012

Anulan una multa por exceso de velocidad porque los "radares de tramo" no discriminan al infractor si se circula en paralelo

Una reciente resolución dictada por la Jefatura Provincial de Tráfico de Madrid ha revocado una sanción de 100 euros que había impuesto a un conductor porque consideraba que la fotografía obtenida por un "radar de tramo" en el momento de producirse la infracción de exceso de velocidad "no constituye prueba concluyente para identificar de forma indudable al vehículo con el que se cometió" el delito. (Leer más)
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