En relación a las agresiones sufridas por los funcionarios-examinadores en ejercicio de sus funciones, hemos conocido varias sentencias favorables, incluso algunas con penas de cárcel para los agresores. Como abogado de la Asociación de Examinadores, ¿Cómo valora estas sentencias? ¿Cree que los jueces se han posicionado claramente en contra de este tipo de actitudes violentas? ¿Están siendo duras?
Los examinadores que pertenecen a ASEXTRA cuentan con este respaldo jurídico y siempre tienen a un abogado que les acompaña en este tipo de juicios en los que se ha sufrido agresiones, ¿considera que la Administración debería personar un abogado en defensa de sus funcionarios?.
¿Le consta que se denuncian todas las agresiones sufridas o hay algunas que se silencian o se dejan pasar?.
¿Considera que la normativa actual protege a los examinadores ante estas situaciones?
Tanto el Código Penal como la legislación administrativa ciertamente, protegen al examinador, como funcionario público que es. Legislativamente, creo que se debería ir más allá, sobre todo, para evitar, por ejemplo las dudas interpretativas sobre qué es el delito de atentado a agente de la autoridad o funcionario público en el ejercicio de sus funciones. Hasta ahora, los jueces eran muy remisos a aplicarlos a sanitarios, docentes y, también, a examinadores. Pero, como dije anteriormente, la situación va cambiando. Cada vez más, las sentencias reconocen tal protección del delito, es decir, protección penal a la víctima de estos comportamientos. Por tanto, probablemente, la legislación sea suficiente aunque mejorable, lo que sí necesita aún un recorrido es la interpretación y conciencia judicial sobre el problema y que las lesiones a los examinadores o vejaciones, patadas etcc, no se queden en simples juicios de faltas. Todavía recuerdo algunos juicios de faltas de hace unos años en los que parecía que la víctima -examinador- era al que se estaba juzgando y el agresor, gozaba de una protección judicial y un trato que para sí lo quisiera el examinador. Excepcionalmente, eso sí, se puede vivir aún tal experiencia en algunas sedes judiciales. Por eso es fundamental tener siempre el apoyo de un abogado en este trance, aunque, como sabemos, en los juicios de faltas no es obligatorio defenderse de abogado.
No aguantar por mínima que sea la situación sufrida. Denunciar por escrito ante la comisaría de Policía o, como dije antes, ante el Juzgado de Guardia, siempre mencionando que lo hace en su condición de funcionario público examinador que ha sufrido tal agresión, insultos, amenazas etc.... Si tiene lesiones, previamente, hay que acudir a urgencias y decir claramente que la agresión se padeció en el ejercicio de sus funciones. Y acudir a urgencias aunque no se tenga un moratón, un corte o golpe. Con tener un cuadro de ansiedad o subida de tensión es suficiente, no aguantarlo en casa. Y una vez recuperada la calma, comunicar por escrito la situación al Jefe Provincial, reproduciendo los hechos, tal y como han sido relatados ante la comisaría o juzgado, y una cosa importante, ante el Jefe Provincial, en ese mismo escrito, solicitar la asistencia jurídica del Abogado del Estado.
En cualquier caso, recomiendo ponerse en contacto, antes o después de denunciar o acudir a urgencias, inmediatamente, con el delegado de Asextra en la zona, para que urgentemente, comunique la situación a la directiva o presidente de Asextra, que gestionarán la situación ante este abogado, que realizará las diligencias y asesoramiento que exija cada caso.
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