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jueves, 10 de noviembre de 2016

Un juez permite recuperar un permiso de conducir tras sancionar "erróneamente" Tráfico

El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 5 de Córdoba ha dictado una sentencia por la que reduce una sanción de 500 euros y seis puntos a 300 euros y dos puntos impuesta por la Dirección General Tráfico (DGT) a un conductor cordobés por circular a 156 kilómetros por hora en la carretera A-306 en Jaén y ha abierto la posibilidad de recuperar su permiso de conducir, "del que había sido injustamente desposeído durante cinco meses", sin necesidad de realizar ningún curso, ni examen.

Así lo detalla la organización de defensa del conductor afectado, Automovilistas Europeos Asociados (AEA), que en una nota ha apuntado que "la razón por la que el juzgado considera que debe reducirse la sanción impuesta es doble", dado que por una parte indica que "el límite de velocidad existente en dicho tramo de carretera era de 100 kilómetros por hora y no de 90, como erróneamente se indicaba en la denuncia, y porque Tráfico no descontó de la lectura de la velocidad captada por el radar utilizado el margen de error legalmente establecido".

Así de esta manera, la sanción de multa de 500 euros y detracción de seis puntos impuesta por excederse en 66 kilómetros por hora del límite permitido debía fijarse en 300 euros y dos puntos, "por cuanto el exceso real era muy inferior", a lo que añade que "la DGT tiene que devolver el carnet y se abre la posibilidad de reclamar una indemnización por responsabilidad patrimonial de la administración".

Fuente: La Vanguardia

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