La conductora, de 27 años, invadió el carril contrario y arrolló a un motorista en una carretera de La Aljorra
El alcohol volvió a segar ayer otra vida en la carretera. La Guardia Civil detuvo a una conductora, de 27 años, tras provocar un accidente de tráfico en la carretera RM-602, a la altura de la pedanía cartagenera de La Aljorra. Según informaron fuentes del Instituto Armado, esta automovilista podría haber invadido el carril contrario, colisionando con una motocicleta que circulaba en ese momento en el sentido opuesto. El siniestro costó la vida al conductor de la moto, un hombre de 44 años. Tras ser sometida a una prueba, los agentes comprobaron que la conductora del turismo circulaba triplicando la tasa de alcoholemia permitida al volante.
El siniestro se produjo poco antes de las seis de la madrugada en la citada vía, que une las localidades de Miranda y Los Muñoces. Una carretera que transcurre entre terrenos de huerta. Según informó el Centro de Coordinación de Emergencias, el motorista salió despedido, a raíz de la colisión, y quedó tendido inconsciente en la calzada. Hasta la zona se acercó una Unidad Móvil de Emergencias del Servicio Murciano de Salud (SMS), cuyo equipo sanitario no pudo hacer nada ya por salvar su vida.
En el lugar del accidente se encontraba también la joven conductora del automóvil, que resultó ilesa. Los agentes de la Guardia Civil de Tráfico decidieron someterla a una prueba de alcoholemia y el resultado fue esclarecedor. Arrojó unos resultados de 0,71 y 0,67 miligramos por litro de alcohol en aire espirado, superando en casi tres veces el máximo legal permitido. El Instituto Armado detuvo a la conductora como presunta autora de los delitos de conducción bajo la influencia de bebidas alcohólicas y de homicidio imprudente.
El delito de homicidio imprudente está sancionado por penas de prisión de uno a cuatro años y privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores de uno a seis años. El delito de conducción bajo la influencia de bebidas alcohólicas con tasas superiores a 0,60 miligramos se encuentra recogido en el artículo 379 del Código Penal y puede ser castigado, alternativamente, con penas de prisión de 3 a 6 meses o con multa de 6 a 12 meses, o trabajos en beneficio de la comunidad de 31 a 90 días y, en cualquier caso, con privación de derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores por tiempo superior a un año y hasta cuatro. (Información)
www.laverdad.es
No hay comentarios:
Publicar un comentario