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lunes, 28 de noviembre de 2016

Un juez dictamina que los funcionarios tienen derecho a cobrar trienios durante una baja médica

El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ha dictado una sentencia por la que se reconoce el derecho de los funcionarios a cobrar trienios durante una baja médica, criterio que va en contra de la actuación habitual de la Administración, según ha informado CSIF.

En concreto, el juez ha estimado el recurso presentado contra una resolución del Ministerio del Interior por un funcionario del cuerpo de ayudantes de Instituciones Penitenciarias, con 27 años de antigüedad en el puesto, que estuvo tres meses de baja por enfermedad, periodo durante el que cumplió su noveno trienio en la Administración, aunque no le fue abonado.

El TSXG ha determinado que este funcionario tenía derecho a percibir en la nómina la cantidad correspondiente al trienio perfeccionado (actualizado a su antigüedad), aunque se encontrara en situación de incapacidad temporal.

Según CSIF, este fallo abre la puerta a otros empleados públicos para que reclamen los trienios con efectos retroactivos una vez incorporados a sus puesto de trabajo tras una baja médica.

El TSXG considera que el pago del trienio es una retribución cuya finalidad es compensar al funcionario como consecuencia de la prestación continuada de servicios a la Administración, incorporándose a la nómina de dicho empleado público con carácter permanente a partir del momento en que se perfecciona, "de manera que su percepción no puede quedar afectada por una situación episódica eventual" como es la incapacidad temporal.

"Si bien puede entenderse que mientras dure la situación de incapacidad no se perciba la cantidad correspondiente al trienio perfeccionado, no existe norma ni razón alguna que impida que, una vez llegado el alta, tenga el funcionario derecho a que se le abonen los atrasos", subraya el fallo.

CSIF ha celebrado esta sentencia porque va en contra de lo que suele hacer la Administración: no pagar trienios en las bajas médicas de los empleados públicos para ahorrar dinero a pesar de que los trabajadores tienen derecho a ello.

Por ello considera que, a raíz de este fallo, la Administración debería abonar de manera automática las retribuciones del trienio en los casos de incapacidad temporal una vez que los empleados públicos se encuentren de alta, sin necesidad de que los mismos tengan que acudir a la Justicia.

Fuente: El Economista

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