Encargó un estudio a un departamento universitario de Economía Aplicada para evitar la competencia en precios entre autoescuelas, considerada “desleal” por la APAM
La CNMC (Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia) ha sancionado con 182.716 euros a la Asociación Provincial de Autoescuelas de Madrid (APAM) por una recomendación colectiva de precios a sus asociados, conducta prohibida por el artículo 1 de la Ley 15/2007 de 3 de Julio, de Defensa de la Competencia.
El expediente tuvo su origen en la denuncia interpuesta por un particular en octubre de 2013 contra nueve autoescuelas de Guadalajara, posteriormente ampliada a otras cinco autoescuelas de Guadalajara y cinco en Alcalá de Henares, por acordar y unificar precios en la matrícula y las clases prácticas para la obtención del permiso de conducir clase B.
En aplicación de la Ley 1/2002, de 21 de febrero, de Coordinación de las Competencias del Estado y las Comunidades Autónomas en materia de Defensa de la Competencia, en enero de 2014 el expediente se dividió en dos: uno correspondiente la investigación del acuerdo de precios entre las autoescuelas domiciliadas en Alcalá de Henares, que correspondió a la Comunidad de Madrid (Dirección General de Economía y Política Financiera), mientras que la investigación sobre las autoescuelas de Guadalajara fue para la propia CNMC (expediente S/0497/13).
Tras una propuesta inicial de archivo por parte del Servicio de Defensa de la Competencia de Madrid y la indicación por parte de la CNMC de continuar con la investigación, se completó la instrucción del expediente y quedó acreditado que fue la Asociación Provincial de Autoescuelas de Madrid (APAM) quien llevó a cabo una conducta prohibida por la Ley de Defensa de la Competencia (LDC) mediante la recomendación de precios a sus asociados desde 2011.
En concreto, la CNMC considera que la unificación de precios denunciada habría sido fomentada y facilitada por la Asociación a través de distintas acciones y recomendaciones para homogeneizar y fijar precios. Así, la APAM encargó en 2011 a un catedrático de Economía Aplicada un estudio económico sobre precios para evitar la competencia entre autoescuelas que consideraba “desleal”. La Asociación posteriormente difundió el estudio entre sus asociados a través de distintos medios (certificados gremiales sobre lucro cesante, guías orientativas sobre precios a las autoescuelas asociadas, etc.)
La CNMC considera que la actuación de la APAM a través de la recomendación de precios acreditada ha dañado sustancialmente las condiciones de competencia entre las autoescuelas radicadas en Alcalá de Henares y, posiblemente, en otros municipios y localidades de la Comunidad de Madrid.
El Estudio Económico sobre precios encargado y difundido por la APAM actúa exclusivamente como un indicador de precios mínimos entre las autoescuelas asociadas, que tiene como objeto y efectos evitar la competencia entre las mismas. En la Comunidad de Madrid se ha acreditado la existencia de más de 500 centros de conducción con una estructura de ingresos y costes claramente diferenciada (por localización, número de empleados y alumnos, estructura empresarial, etc.), por ello el objetivo de difundir un precio único aplicable a todas las autoescuelas para evitar pretendidas situaciones de “competencia desleal” por venta a pérdida resulta contrario a la LDC.
En consecuencia, la CNMC ha impuesto a la APAM una multa de 182.716 euros, por haber llevado a cabo una conducta prohibida por la Ley de Defensa de la Competencia. Además, la CNMC intima a la Asociación a que suprima de sus estatutos el artículo 4.12, que señala que entre las funciones de la Asociación se encuentra la de “Participar en la regulación de precios y costes de esta modalidad de enseñanzas”.
La CNMC también solicita a la Asociación que en el futuro se abstenga de realizar conductas semejantes y le ordena la difusión entre sus asociados del texto íntegro de esta Resolución.
Además, la Comisión insta a la Dirección General de Economía y Política Financiera de la Consejería de Economía, Empleo y Hacienda de la Comunidad de Madrid, para que vigile y cuide del cumplimiento íntegro de esta Resolución
Debido a que todas las prácticas investigadas estaban limitadas al territorio de la Comunidad de Madrid, la investigación e instrucción del expediente se realizó por parte de la administración autonómica de Madrid, en aplicación de lo dispuesto en la Ley 1/2002, de Coordinación de las Competencias del Estado y las Comunidades Autónomas en materia de Defensa de la Competencia.
No obstante, en virtud del convenio de colaboración suscrito entre la CNMC y la Comunidad de Madrid, la resolución del expediente ha correspondido a la Sala de Competencia de la CNMC. La CNMC ha acordado esta forma de colaboración con varias Comunidades Autónomas (Murcia, Canarias y Navarra, además de Madrid).
La CNMC recuerda que contra estas Resoluciones no cabe recurso alguno en vía administrativa, pudiéndose interponer recurso contencioso-administrativo en la Audiencia Nacional, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su notificación.
Fuente; Nueva Tribuna
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