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lunes, 12 de septiembre de 2016

El fiscal pide 13.500 euros por un exceso de velocidad al conductor de un Porsche

Fija la pena de multa en virtud del poder adquisitivo atribuido al infractor

Hay infracciones de tráfico que al llegar al juzgado pueden dejar el bolsillo temblando y acarrear un importante desembolso económico al condenado aunque no haya daños a terceros. En caso de multa, la cuota diaria puede ser elevada en virtud del poder adquisitivo atribuido al infractor. Y un buen indicador para el ministerio fiscal es el modelo de coche que conduce el inculpado.

Por esta razón, el exceso de velocidad delictivo de Eloy C.C. puede reportarle hasta 13.500 euros si prospera la petición formulada por el ministerio fiscal en el juicio que se celebrará en el Juzgado de lo Penal 2. La acusación pública fijó una pena de nueve meses multa, pero con una cuota diaria de 50 euros, porque el inculpado conducía un Porsche Cayenne S a 156 kilómetros por hora en una recta limitada a 60. El modelo en cuestión oscila entre los 80.000 y 195.000 euros, según los acabados.

En el puente de agosto

Los hechos que se juzgarán el próximo día 15 ocurrieron el pasado 12 de agosto de este año en el kilómetro 71,200 de la N-540 (Ouerense-Lugo), a su paso por el concello de A Peroxa. La Guardia Civil de Tráfico había establecido un control con motivo del aumento de la vigilancia en las carreteras de la provinciadentro de la campaña del puente del 15 de agosto.

Según recoge el atestado de tráfico, el conductor iba a una velocidad, casi triplicaba la máxima permitida, que puso en grave riesgo la seguridad del tráfico.

Este exceso de velocidad excede del ámbito administrativo que implica multa y retirada de puntos. Conducir "un vehículo de motor o un ciclomotor a velocidad superior en 60 kilómetros por hora en vía urbana" constituye un delito contra la seguridad vial del artículo 379.1 del Código Penal. Este precepto contempla una pena de prisión de tres a seis meses ; multa de seis a doce meses o trabajos en beneficio de la comunidad de 31 a 90 días, y, en cualquier caso, con la de privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores por tiempo superior a uno y hasta cuatro años. En este caso, el fiscal reclama dos años de privación.

Fuente: La Región

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