La catalogación la esteblecen la Guardia Civil y el Ministerio de Fomento
Desde el año 2000, la DGT define como Punto Negro "aquel emplazamiento perteneciente a una calzada de una red de carreteras en el que durante un año natural se hayan detectado 3 o más accidentes con víctimas con una separación máxima entre uno y otro de 100 metros".
El Ministerio de Fomento emplea el término "Tramo de Concentración de Accidentes (TCA)" para referirse a los puntos peligrosos de una red de carreteras; considerándose como tal "aquel tramo de la red que presenta un riesgo de accidente significativamente superior a la media".
Así, Fomento tiene en cuenta la Intensidad Media Diaria (IMD) del tráfico en un tramo de un kilómetro y a lo largo de un periodo de 5 años. (Información)
www.lne.es
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