Un conductor fue absuelto de un atropello mortal en O Ventorrillo porque el magistrado que enjuició los hechos concluyó que un automóvil mal aparcado lo privó "de una visión más clara". El titular del Juzgado de lo Penal número 2 de A Coruña apunta en la sentencia al turismo que estaba estacionado en doble fila como causante del siniestro, sucedido a las nueve de la mañana del 4 de diciembre de 2013 en la intersección de la calle Monasterio de Caaveiro con Alcalde Liaño Flores.
El imputado, según considera probado el fallo, se detuvo en el stop para incorporarse a la calle Alcalde Liaño Flores y, tras comprobar que no se aproximaba ningún automóvil por la izquierda, arrancó hacia la derecha. En las inmediaciones del paso peatonal se encontró con dos peatones y no pudo evitar "rozar" a una de ellas, quien se desequilibró, lo que provocó que su acompañante, que iba de su brazo, cayese al suelo. La mujer fue trasladada al hospital, donde falleció días después debido al golpe. La otra víctima sufrió un esguince de tobillo y un trastorno adaptativo depresivo.
El juez basa la absolución del sospechoso en la declaración de los implicados, en el examen del atestado y en su "propia experiencia". Así, subraya que la calle Monasterio de Caaveiro "adolece del defecto de estar constantemente invadida por vehículos en doble fila, dado que en dicha zona de la ciudad apenas existen aparcamientos". El vehículo que impidió al conductor ver a las viandantes estaba estacionado "fuera del lugar habilitado para ello", en la esquina de las dos calles. El titular de Penal 2 destaca que también dificultó a las víctimas detectar que se aproximaba un turismo.
La maniobra que realizó el procesado implicaba "especial riesgo a su izquierda", que es por donde podían aproximarse otros coches. "Quiérase o no, el instinto de supervivencia obliga a concentrar toda la atención en dicha dirección. No es hasta que se incorpora a la vía cuando detecta posibles peligros a su derecha", señala el juez, quien recalca que "de no ser por la presencia del turismo", el modo en el que se incorporó el conductor a la vía "no implica especial peligro, pues la presencia de peatones se percibe antes incluso de detenerse en el cruce por simple visión panorámica de la intersección".
La Fiscalía solicitó en su alegato final que el imputado fuese sentenciado a dos años y cuatro meses de prisión, y a la privación de conducir vehículos a motor y ciclomotores durante cuatro años y medio, lo que implicaría la pérdida de la vigencia del permiso.
El procesado, según el juez, cometió la "imprudencia" de incorporarse a la vía sin verificar "de forma más minuciosa de lo normal" que no cruzasen viandantes, pues no tenía una "visión franca" debido al coche mal estacionado, sumado a que las dos víctimas "salían de un punto cercano, pero no incluido en el paso de peatones". Además, argumenta que el acusado pudo "controlar el coche", pues frenó y esquivó a las viandantes, de forma "que solo rozó a una de ellas".
"Su conducta no merece mucho peor reproche que los cientos de conductores que todos los días cruzan justo cuando un semáforo cambia, los miles de peatones que invaden parcialmente la calzada cuando el semáforo se pone en ámbar, etcétera", destaca el magistrado de Penal 2, quien considera al sospechoso responsable del accidente "solo a los efectos civiles", por lo que decretó su absolución de los delitos que le imputaba la acusación pública. Contra la sentencia cabe recurso ante la Audiencia Provincial.
Fuente: La Opinión de A Coruña
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