Ponemos a disposición de todos los interesados que deseen contactar con nosotros la cuenta de correo comunicacion@asextra.org, única disponible para consultas y comunicación con ASEXTRA.



martes, 20 de agosto de 2013

Los empresarios sabrán si sus empleados han perdido el carné


Tráfico facilitará a las compañías de transporte que lo pidan la información sobre los trabajadores


La Dirección General de Tráfico sigue puliendo algunos aspectos relacionados con el carné por puntos, a pesar de que ya han pasado siete años desde su implantación. Una de las últimas instrucciones que ha dado su directora general, María Seguí, a las jefaturas de Tráfico y a la Guardia Civil permitirá que las empresas de trasportes o las que tengan coches de empresa, puedan saber con certeza si sus empleados han perdido la vigencia del carné de conducir tras realizar la consulta a la DGT.
En esta instrucción, del pasado 22 de mayo, satisface la petición de distintos representantes empresariales del sector del transporte por carretera que habían planteado la necesidad de acceder en determinados momentos a los datos contenidos en el Registro de conductores e infractores para saber si sus trabajadores-conductores contaban con el saldo de puntos a cero, una circunstancia que podría poner en una situación comprometida a la empresa.
Y es que desde 2010 la ley de seguridad vial obliga a los propietarios de los coches a impedir circular con su vehículo a quienes no tengan carné de conducir, lo que le podría convertir en «cooperador» del delito de circular sin carné, castigado con pena de prisión de tres a seis meses o con multa de hasta 288.000 euros o trabajos en beneficio de la comunidad de 31 a 90 días. Aunque a una empresa si no tiene conocimiento de que su empleado conduce sin puntos, no se le puede imputar un delito por permitir circular sin carné en un vehículo de su propiedad, sí tiene responsabilidad civil en el caso de un accidente. De esta manera, tendría que hacer frente a las indemnizaciones correspondientes en el caso de que ocurriera un siniestro. (Seguir leyendo)
www.larazon.es

¿Despedido por no tener puntos?



- ¿Vulnera la nueva medida de la Dirección General de Tráfico (DGT) la ley de protección de datos?

–No. Precisamente, el principal propósito de esta nueva medida es conciliar el derecho a la intimidad de los ciudadanos con el legítimo derecho que tienen las empresas a tener conocimiento de la vigencia del carnet de conducir de sus empleados.

- ¿Es eficaz la última decisión de la DGT?–Ésta es una decisión muy eficaz por parte de la DGT, porque con ella se va a evitar que los conductores a los que se les ha privado del carné de conducir al haber perdido todos los puntos puedan seguir trabajando como conductores de vehículos de empresa.

-¿Puede un trabajador de una empresa de transporte ser despedido si se le retira el carné de conducir?

–Esto puede suceder siempre y cuando el trabajador lo tenga previsto en su contrato o si aparece reflejado en el convenio de la empresa. No es algo imposible, ya que se suelen dar casos así. En el momento en el que un empresario contrata a un conductor lo hace para que éste pueda realizar su trabajo, de lo contrario, sería absurdo. Un conductor profesional ha de desempeñar sus funciones con el mayor cuidado y evitar poner en riesgo su empleo por causas como la ingesta de alcohol o la temeridad. (Leer más)


www.larazon.es






No hay comentarios: