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miércoles, 24 de abril de 2013

Stop Accidentes considera que la sentencia a Ortega Cano se apoya en "un sistema judicial obsoleto"

La asociación de víctimas Stop Accidentes considera que la sentencia al torero Ortega Cano, por su implicación en el accidente de tráfico que le costó la vida a Carlos Parra, "no hace justicia" y "se apoya en un sistema judicial obsoleto".
"Defender lo indefendible, buscar excusas y derecho a mentir, esto es la justicia que no nos defiende. Es una sentencia indignante", ha sentenciado la asociación de víctimas, que ha mostrado su solidaridad a la familia de Parra y ha esperado que "su nombre y su memoria no quede en el olvido".
La asociación se ha mostrado especialmente crítica con la decisión del Juzgado de lo Penal número 6 de Sevilla de anular la prueba de alcoholemia en la que el cliente arrojó un resultado de 1,26 de gramos de alcohol, al considerar el tribunal que se rompió la cadena de custodia en el Hospital Virgen Macarena donde fue ingresado grave tras el siniestro.
"Volvemos a exigir urgentemente que las pruebas de alcoholemia /drogas se hagan de oficio, a todos los implicados en un siniestro vial, sin necesidad de pedirle al juez la autorización para que no haya más impunidad en el tráfico", ha indicado Stop Accidentes.
Además, ha recordado que en el caso de Ortega Cano "todos los testigos han demostrado la veracidad de los hechos y el estado de embriaguez del presunto culpable". (Seguir leyendo)
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Ortega Cano, condenado a dos años y seis meses de cárcel por homicidio imprudente


El Juzgado de lo Penal número 6 de Sevila ha condenado al torero José Ortega Cano a dos años y medio de cárcel por un delito de homicidio imprudente y conducción temeraria por el accidente en el que se vio involucrado el 28 de mayo de 2011 y que le costó la vida a Carlos Parra, vecino de Castilblanco de los Arroyos (Sevilla).
La sentencia impone al torero a dos años de cárcel por un delito de homicidio y otros seis meses años por un delito contra la seguridad vial al entender que conducía de forma temeraria. Ortega Cano se libra de un tercer delito, el de conducción bajo los efectos del alcohol, ya que la magistrada ha anulado la prueba de alcoholemia que arrojó un resultado que triplicaba el máximo legal permitido.
La juez rechaza esta prueba ya que se hizo a partir de una muestra de sangre tomada al torero en el hospital en el que fue ingresado horas después del siniestro y sin garantizar la cadena de custodia. Da la razón así, al menos en este punto concreto, a la defensa de Ortega Cano, que siempre ha mantenido la ilegalidad de este test de alcoholemia y que el torero no había ingerido alcohol aquel día.(Leer más)
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