De los 300 badenes examinados en
París y provincias por la revista Auto
Plus, un tercio no estarían conformes a la legislación.
Demasiado alto, demasiado brusco,
sin señalizar, el badén se critica. Según la revista Auto Plus, un tercio de los badenes en Francia no serian conformes
a la legislación francesa. Las cifras no admiten apelación. De los 300 badenes
pasados por el tamiz en 23 ciudades de Francia, 18% se consideran demasiado
altos, demasiado bruscos o demasiado cortos, 32% están mal o no señalizados y
22% están puestos en sitios incorrectos.
Aparecido en los años 90, el
badén es uno de los instrumentos más eficaces para limitar la velocidad de los
automovilistas en aglomeraciones. Con el desarrollo de las zonas limitadas a
30Km/h y las zonas de encuentro en 2008, se ha convertido en un medio
privilegiado para los ayuntamientos para “romper” la velocidad.
“Es ante todo la velocidad de los
automovilistas la culpable” según el Centro de estudios en las redes viarias,
los transportes y el urbanismo (Certu). Efectivamente, muy a menudo la
limitación a 30 kilómetros/hora no se respecta.
Una legislación sin embargo estricta.
Que se trate del badén clásico o
del badén trapezoidal, de una plataforma sobre elevada con paso de peatones,
las normas son estrictas. Están regulados por un decreto de 1994 relativo a las
características y las condiciones de realización de los badenes. Así, su largo,
su ancho y su altura están claramente definidos. Por ejemplo, un badén no debe
sobrepasar once centímetros de altura. Por encima, existe riesgo para el vehículo
y para le seguridad vial. Asimismo, la señalización de los badenes y las marcas
viales son obligatorias y si faltan, hay riesgo de accidente. Sin embargo, no
hay normas para los “cojines” y las plataformas. Únicamente se toman en cuenta,
para su colocación, unas recomendaciones emitidas por el Certu.
La legislación es también muy estricta para las zonas de
implantación de los badenes. Solamente se pueden colocar en zonas o vías
limitadas a 30 Km/h.
Por otro lado, están prohibidos:
-
En las vías con tráfico superior a 300 vehículos
por día.
-
A menos de 200 metros de los limites de una
aglomeración
-
En las vías con pendiente fuerte, es decir cuyo
declive sobrepasa 4%
-
En las curvas cerradas (radio inferior a 200
metros) y a menos de 40 metros de estas.
-
Vías de servicio de transportes públicos
Los ayuntamientos responsables en caso de accidente
En caso de accidente, los
usuarios se benefician de la “presunción de falta de mantenimiento de la obra”.
Le toca a la colectividad local probar el buen mantenimiento de la obra pública
causante del accidente. El ayuntamiento puede ser considerado culpable en caso
de daños ocasionados por un dispositivo no conforme.
Incluso si no hay ningún daño, el
código penal prevé que se pueda denunciar a los alcaldes por no respecto de las
normas o falta de la obligación de seguridad y de prudencia ya que existe
peligro para la vida de las personas. (Información)
www.lefigaro.fr
Traducción: Noële Grente Lemullier
ASEXTRA Alicante
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