La Audiencia Nacional ha reconocido a una pareja de funcionarios del Estado
—él policía y ella juez en ejercicio— el derecho a compartir el permiso laboral
por lactancia, posibilidad de la que ya disfruta el resto de los trabajadores.
En una sentencia conocida hoy, el Juzgado Central de lo Contencioso
Administrativo número 11 ha estimado el recurso que presentó el hombre, al que
le fue denegado el permiso de lactancia. La madre había solicitado un permiso de
cinco semanas y renunció a las otras tres que le correspondían a favor de su
marido. Sin embargo, el Ministerio del Interior interpretó que el Estatuto del
Empleado Público impedía que ese permiso se pueda compartir cuando ambos
progenitores trabajen y denegó el permiso al padre.
El hombre invocó en su recurso la llamada Ley de Igualdad del año 2007 y
reclamó una interpretación del Estatuto “de acuerdo con la realidad social”. El
juez, en una sentencia de la que, según fuentes jurídicas, no se conocen
precedentes, dio la razón al hombre y rechazó el criterio restrictivo de la
Administración al interpretar la norma. Según el magistrado, el derecho al
permiso de lactancia “no es exclusivo de la madre, de manera que sea esta la
única titular y que, como tal, puede cederlo, sino que el derecho corresponde
como titulares indistintos a ambos progenitores”.
El juzgado considera que tanto el Estatuto del Empleado Público como la Ley
de Igualdad tienen como objetivo facilitar claramente la conciliación de la vida
familiar, y que no existe impedimento para que ambos progenitores puedan
compartir el permiso de lactancia, siempre que se lleve a cabo de forma sucesiva
y no simultánea. El padre había renunciado a una indemnización de la
Administración, que solo deberá abonar las costas procesales. (Información)
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