La Dirección General de Tráfico (DGT) aplica incorrectamente los márgenes de error de los radares que miden la velocidad de los vehículos en carretera, denuncia la asociación de defensa de los conductores Automovilistas Europeos Asociados (AEA).
Una consecuencia de esta denuncia es que "miles de multas por exceso de velocidad podrían anularse" y la asociación ya anuncia que va a pedir al Ministerio del Interior la "revisión y cancelación" de todos los expedientes sancionadores en los que el cálculo de la velocidad excesiva se ha hecho conforme a los criterios de la norma UNE 26444, "ya obsoleta".
AEA indica que dicha norma, elaborada por una entidad privada como AENOR en 1992, es una recomendación técnica que quedó desfasada hace seis años y que "establece márgenes de error inferiores a los establecidos en la legislación vigente". La DGT ignora este criterio cuando es a ella a la que corresponde sancionar
La norma denunciada establece que el error medio tolerado en los radares fijos puede alcanzar un desfase de 3 kilómetros en la velocidad del vehículo, pudiéndose elevar a 7 en los radares móviles. Esta norma fue derogada en diciembre de 2006 y sustituida por una Orden del Ministerio de Industria, en la que se tenían en cuenta, a la hora de regular los instrumentos de medición de la velocidad, la defensa de la seguridad y de los intereses económicos de los consumidores.
Con la nueva norma se establecieron nuevos márgenes de error en los cómputos de +/- 4 km/h en los radares fijos y +/- 7 km/h en los móviles. La nueva regularización especificaba también los requisitos de medición de la velocidad y márgenes de error desde aeronaves estáticas o en movimiento, algo que no aparecía en la norma UNE 26444. y que atañe a las sanciones desde el helicóptero "Pegasus". (Seguir leyendo)
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