El Ministerio Fiscal quiere llevar a cabo una reforma legal para que los médicos puedan transmitir datos clínicos a las autoridades de tráfico con el fin de la retirada del permiso de conducir a pacientes que han perdido facultades físicas o psíquicas durante la vigencia de su licencia de conducción.
En la Memoria de la Fiscalía General del Estado correspondiente al año 2012, presentada este lunes en la apertura del año judicial, la Fiscalía propone que se añada un nuevo apartado al artículo 63 de la Ley Seguridad Vial en el que se expresará, que “cuando un médico, de la sanidad pública o privada, tenga conocimiento como consecuencia del reconocimiento de su paciente, de la existencia de una enfermedad o deficiencia incluida en el Anexo IX del Reglamento General de Conductores lo pondrá en conocimiento de la Jefatura Provincial de Tráfico”.
El artículo 63 establece que los conductores pueden perder la vigencia de su autorización administrativa por desaparición de los requisitos exigidos para su otorgamiento. La Fiscalía, además, recoge que un porcentaje de la siniestralidad se debe, sin duda, “a personas con enfermedades mentales o deficiencias que asumen elevados riesgos para sí y los demás usuarios”.
Las autoridades de Tráfico deberán confirmar una vez recibido el informe médico que la enfermedad o deficiencia se ajusta con el Reglamento y procederán a la retirada del carnet de conducir. (Información)
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