La asociación sectorial del transporte de viajeros por carretera Asintra hizo pública ayer la decisión de la DGT de permitir a las empresas de transporte autorizadas el acceso al registro de conductores e infractores. Con esta decisión, cualquier empresa dedicada al transporte por carretera podrá conocer el historial de conducción de sus empleados.
Según informó Asintra, desde la Dirección General de Tráfico se ha emitido "la Instrucción 12/C-104 a las Jefaturas Provinciales de Tráfico para que emitan el correspondiene informe, siempre que exista relación laboral y previa petición de la empresa y sin necesidad de consentimiento del empleado", una información que ha reconocido expresamente la Agencia Española de Protección de Datos.
De tal manera, las compañías de transporte podrán solicitar a la DGT información relativa al permiso de conducción de sus empleados. Para ello, la empresa deberá acreditar que el trabajador en cuestión se encuentra dado de alta en el Régimen General de la Seguridad Social como trabajador de la empresa, teniendo asignados para las contingencias de accidentes de trabajo y enfermedad las claves de ocupación e) o f) de la tarifa de primas de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales.
Según Asintra, con esta posibilidad que desde el sector del transporte de viajeros por carretera se ha venido solicitando a la Dirección General de Tráfico, se salda una cuenta pendiente relacionada directamente con "la necesidad de acceder a los datos con el fin de conocer la situación de las autorizaciones para conducir de los trabajadores-conductores de la empesa". (Información)
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