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domingo, 15 de diciembre de 2013

Condenan a una médico que declaró apto para conducir a un enfermo óptico crónico

Tendrá que hacer frente a una pena de ocho meses de multa por falsedad

La Audiencia Provincial de Zamora ha confirmado la pena impuesta por el Juzgado de lo Penal a una médico de un centro sanitario privado de Benavente que declaró apto para conducir a un hombre que padecía una patología óptica crónica.

Los hechos juzgados se remontan a septiembre de 2009 cuando la médico, que realizaba reconocimiento facultativos para determinar las aptitudes psicofísicas que deben poseer los conductores de vehículos a motor, emitió un certificado declarando apto para la conducción a un hombre que sufría una patología óptica «de carácter crónico, irreversible, progresiva y en todo caso, invalidante para ser declarado apto y conseguir la obtención del permiso de conducción, sin haberse efectuado el preceptivo informe por parte del médico especialista oftalmólogo, ni del psicólogo». El informe de aptitud fue presentado ante la Jefatura Provincial de Tráfico.

El Juzgado de lo Penal condenó a la sanitaria como autora de un delito de falsedad en certificado expedido por facultativo, tipificado y penado en el artículo 397 del Código Penal a la pena de ocho meses de multa a razón de una cuota diaria de 10 euros con responsabilidad personal subsidiaria de un día de privación de libertad por cada dos cuotas no satisfechas.

La médico presentó recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Zamora alegando, para obtener la absolución, la existencia de error en la apreciación y valoración de las pruebas, con la consiguiente vulneración del derecho a la presunción de inocencia. La defensa de la médico sostuvo que no había quedado acreditado en el juicio que cuando el demandante del informe acudió al centro sanitario para pasar reconocimiento facultativo y así obtener el permiso de conducir, sufriera una patología óptica invalidante para ser declarado apto y conseguir u obtener el permiso de conducir; y tampoco que no fuera examinado por el médico especialista oftalmólogo ni por la psicóloga.

Los magistrados de la Audiencia Provincia rechazan los motivos de alegación y consideran probado que el paciente solo fue examinado por la médico, tal y como declaró el propio afectado. Además, lo inspectores de la Jefatura Provincial de Tráfico apreciaron irregularidades en la tramitación del certificado en el que en faltaba la firma del oftalmólogo y la mención de apto o no apto en el de la psicóloga, y los peritos confirmaron que no se podía conceder el permiso. El hombre había obtenido además un grado de minusvalía del 83% por discapacidad sensorial y física en 2008. (Información)
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