GONZALO OCAMPO
31 de diciembre de 2013
¿Se quedó en rumor la noticia acerca de la necesidad de comprobar el actual nivel de conocimientos teóricos de conductores ya mayores, por razones de seguridad vial? Mejor. Sería injusto deducir que la experiencia tras años de conducción debe presumirse disminuida en términos de generalidad. ¿Por qué estas suspicacias oficiales? No debe ser por el hecho de que el tiempo borre conocimientos. Tal vez se cree realmente que las edades elevadas traducen decadencias psicofísicas, más tras accidentes o severas enfermedades. Y tal vez el prurito de mantener sin reservas el permiso de conducción puede llevarnos a ciertos ocultamientos. Bien, pero si vamos al centro de la cuestión quizá lo que ocurre sea que la fe de la Administración en el quehacer de los centros médicos de reconocimiento de conductores sea vacilante. En ellos descansa la responsabilidad de decidir acerca de la aptitud de las personas para conducir automóviles. Y es posible que el sistema suscite dudas. Si así fuere, tal vez conviene la aplicación de alguna cirugía, antes que reconsiderar la validez actual de un permiso de conducción legítimamente obtenido. (Opinión)
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* Gonzalo Ocampo fue jefe provincial de Tráfio de A Coruña hasta su jubilación
1 comentario:
Miren, ya existe una Normativa que OBLIGA A LOS CONDUCTORES DE CIERTOS VEHÍCULOS A CURSOS OBLIGATORIOS PARA LA OBTENCIÓN Y RENOVACIÓN DEL TÍTULO HABILITANTE PARA CONDUCIR. Y RESULTA QUE SON LOS CONDUCTORES CON MÁS VETERANÍA Y EXPERIENCIA QUE CIRCULAN POR NUESTRAS VÍAS.
Y la tenemos bien cerquita y desde hace poco en este país.
Y funciona:
Es un Curso regulado por la Normativa Europea 2003/59/CE, de la cual se desarrolla el Real Decreto 1032/2007, por el que se regula la cualificación inicial y la formación continua de los conductores de determinados vehículos destinados al transporte
por carretera.
Establece una nueva formación obligatoria para determinados conductores profesionales.
La nueva formación difiere de esta última tanto en su estructura como en su contenido y destinatarios. Por una parte, se establece una cualificación inicial que debe obtenerse con independencia del permiso de conducción y, por otra, una formación continua dirigida a mantener actualizados los conocimientos inicialmente exigidos. Las materias sobre las que se exigen conocimientos afectan fundamentalmente a la actividad de transporte a que se
dedican profesionalmente estos conductores.
Y tiene gracia.
Les obligan a realizar estos Cursos Obligatorios de Obtención y Reciclaje
a los Conductores que menos Incidencia tienen en la Siniestralidad Vial.
Nos lo tenemos que hacer mirar. Vamos al revés de los problemas.
Sólo aplicamos los remedios en función de la Política, No de la Necesidad.
Les obligamos a realizar Cursos Obligatorios de Obtención y Reciclaje
a los conductores que tienen una incidencia del 3.7 % en el total
de Accidentes Viales, y son los causantes del 12.8 % de los Accidentes Mortales, y a los demás conductores, que son los responsables
del 96.3 % de los Accidentes, y del 87.2 % de de los Accidentes Mortales, a esos, no les intentamos hacer cambiar su tendencia.
Pues vamos apañados.
Y está demostrado, que a una persona se le cambia
E – DU – CÁN – DO – LA.
Y si creen que la Educación se consigue con Cuatro campañas publicitarias, cuatro panfletos y cuatro sanciones y un Reconocimiento Médico Desastroso también vamos apañados.
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