Practicar running -o sea, correr- puede ser muy saludable, pero también comporta riesgos, y no solo por las lesiones. Un coruñés tendrá que abonar una multa de cien euros por una infracción que la Policía Local califica como «grave» y cuya causa es, según figura en la sanción, «correr por el medio de la calzada y hacer caso omiso de las señales de los agentes». No corría en coche, sino a pie, con zapatillas deportivas. Los policías que lo pararon le achacan «no respetar las señales de los agentes que regulan la circulación». No está claro si no los vio, no los oyó o decidió seguir corriendo pensando que no iba con él. Porque correr, corría, pero no en coche.
Los peatones tienen también sus responsabilidades y la normativa explicita que también pueden ser multados por poner en riesgo la circulación. Podría ser el caso. Lo que es más difícil de explicar es que la Policía Local le endose en la multa la pérdida de 4 puntos del carné, cuando estos solo se pueden perder cuando la infracción se comete conduciendo un vehículo a motor y con el carné en vigor.
Es decir, que el corredor puede ser sancionado económicamente por no hacer caso a la señal de los agentes, pero nunca se le podrían retirar puntos porque, entre otras cosas, no está obligado a tener carné para correr por la calle. (Seguir leyendo)
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