Es importante saber que, un vehículo dado de baja temporalmente, no podrá circular ni permanecer estacionado en la vía pública.
Se puede dar de baja temporalmente un vehículo cuando lo vayamos a retirar de la circulación con carácter temporal, como sucede por ejemplo ante una larga estancia en otro país o cuando tenemos una avería muy costosa que no podemos reparar de forma inmediata o cuando no podemos hacer frente a los gastos que genera.
También se puede dar de baja temporalmente un vehículo cuando ha sido sustraído, siempre que hayamos denunciado el hecho, claro. Y cuando se entrega a un vendedor para que este lo ponga a la venta.
Para tramitar la baja temporal de un vehículo hay que ir a la Jefatura de Tráfico de la provincia donde tengamos nuestro domicilio legal o de la provincia en la que esté matriculado el vehículo y solicitarlo mediante el formulario de bajas de vehículos, identificándonos con el DNI, pasaporte o tarjeta de residencia, con el permiso de conducir español o con el pasaporte más el número de identificación de extranjeros si es el caso o, para los vehículos que figuran a nombre de empresas, aportando la tarjeta de identificación fiscal de la sociedad y acreditando los poderes necesarios.
También nos van a pedir la documentación del vehículo, entendida como tal el permiso de circulación y la tarjeta de la ITV y una tasa de 8 euros a no ser que la baja temporal se tramite por sustracción del vehículo, para lo que nos pedirán la denuncia. Con todo eso en la mano, Tráfico retendrá la documentación y dará paso a la baja temporal del vehículo en sus registros. (Información)
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