La Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Badajoz, con sede en Mérida, ha desestimado el recurso presentado por un conductor que fue condenado por el Juzgado de lo Penal de Don Benito. De ese modo, la resolución judicial ya es firme.
Según recoge la sentencia del juzgado de Don Benito, J. L. C. circuló el pasado 4 de enero con un ciclomotor modelo Vespino por el camino vecinal ‘La Zarza’ de Castuera bajo la influencia de bebidas alcohólicas. Entre los síntomas que presentaba cita halitosis alcohólica notoria a distancia, rostro congestionado con rojeces en mejilla y nariz, pupilas dilatadas, habla pastosa y repetición de frases e ideas. Las dos pruebas a las que fue sometido arrojaron un resultado de 0,60 y 0,59 miligramos de alcohol por litro de aire espirado. “Como consecuencia de la ingesta de alcohol, el acusado cayó del ciclomotor que conducía causándose lesiones”, añade la jueza.
Para la titular del juzgado estos hechos constituyen un delito contra la seguridad vial, definido en el Código Penal para quien conduzca un vehículo “bajo la influencia de drogas tóxicas, estupefacientes, sustancias psicotrópicas o bebidas alcohólicas. En todo caso será condenado con dichas penas el que condujere con una tasa de alcohol en aire espirado superior a 0,60 miligramos por litro”. (Seguir leyendo)
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