El matrimonio le ofreció 500 euros y una lavadora si acusaba a un empleado de su autoescuela de haber abusado sexualmente de ella
La Audiencia Provincial desestimó el recurso de apelación interpuesto por el matrimonio formado por A. R. R. y M. A. F. contra la sentencia condenatoria dictada contra ambos y contra una tercera persona en primera instancia. La jueza de lo Penal 2 de Ourense los condenó como inductores de un delito de denuncia falsa, al haber instado a una mujer, también condenada, a que presentase una denuncia por agresión sexual contra un empleado de la autoescuela del matrimonio y con el que tenían desavenencias laborales.
El matrimonio ofreció a la mujer 500 euros y una lavadora, entre otros objetos, a cambio de que presentase y ratificase la denuncia, debido a la cual el empleado fue detenido y fue sometido a una investigación judicial, que acabó sobreseída siete meses después. La Audiencia acordó confirmar íntegramente la resolución, que ya es firme y contra la que no cabe recurso.
La sentencia de apelación considera que la juzgadora hizo una correcta valoración de la prueba, al atender como fundamental la declaración de la mujer que presentó la denuncia falsa y que en el juicio confesó que fue el matrimonio quien le propuso el trato para perjudicar a su empleado. El que la coacusada, R. P., hubiese reconocido los hechos, aún perjudicándola, fue una prueba apta, según la Audiencia, para desvirtuar la presunción de inocencia de los acusados.
Otra testigo declaró que el mismo ofrecimiento que le hizo el matrimonio a la coacusada se lo hicieron a ella previamente pero se negó a poner la denuncia contra el monitor. (Información)
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