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domingo, 5 de enero de 2014

Los radares de Tráfico ya denuncian en Galicia a los vehículos sin ITV

Las infracciones por no pasar la inspección son detectadas con los excesos de velocidad

Circular con un vehículo que no haya pasado la inspección técnica obligatoria es una infracción que está tipificada en la ley como grave y que por lo tanto está sancionada con una multa de 200 euros. Hasta ahora identificar un vehículo circulando sin ITV solo era posible cuando un agente le daba el alto en un control o tras haber cometido una infracción. Pero la DGT dispone ya de un sistema que cruza los datos de los vehículos con las estaciones de ITV y que permite que esa comprobación se realice a partir de una sanción de velocidad. De esta forma, cuando uno de los radares fijos de la Dirección General de Tráfico se activa porque detecta un exceso de velocidad, la fotografía captada por el dispositivo de vigilancia servirá para que el sistema compruebe con los datos de la matrícula si ese vehículo está al día con la ITV. Si no lo está, el titular del coche recibirá en su domicilio dos notificaciones de denuncia, una por la velocidad y otra por no pasar la inspección.

Tráfico tiene en Galicia 60 puntos fijos de vigilancia de la velocidad que ahora permiten también el control de los vehículos con la ITV caducada. Y tener actualizado el dato de los coches que no han pasado la inspección obligatoria es uno de los objetivos de los responsables de la seguridad vial debido a la antigüedad del parque móvil español. En la DGT son conscientes de que hay muchos vehículos que salen a la carretera sin haber pasado esa revisión, con lo que pueden estar circulando con graves defectos que aumentan los riesgos de que se produzca un accidente. Supervisión y Control, la empresa concesionaria de la gestión de las inspecciones de vehículos en Galicia, ya advierte en su última memoria de que se observa que «hai un gran absentismo» de los vehículos a los que les corresponde pasar la inspección obligatoria. En el caso de los turismos particulares, estos han de pasar la primera inspección técnica a los cuatro años de vida. La segunda inspección se realizará a los seis años, la tercera a los ocho, y la cuarta cuando cumpla diez años de antigüedad. A partir de ese momento, la periodicidad de las evaluaciones es anual.

Un coche de más de cuatro años que no haya pasado la revisión obligatoria puede tener algún defecto en sistemas claves, como frenos, dirección o amortiguación, según los expertos en seguridad vial. Como el deterioro de alguno de esos sistemas se produce de forma progresiva, puede darse el caso de que incluso el conductor no perciba el defecto porque llega a adaptarse al nuevo estado del vehículo. (Información)
www.lavozdegalicia.es

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