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sábado, 3 de mayo de 2014

El Gobierno introduce una enmienda para impulsar la movilidad de los funcionarios

El Grupo Popular retoca el Proyecto de Ley de Racionalización del Sector Público, en línea con la reforma de las Administraciones Públicas

La reforma de las Administraciones Públicas  incluye un apartado específico sobre la movilidad de los funcionarios. Desde el primer informe que aprobó el Gobierno de Mariano Rajoy, el 21 de junio de 2013, con más de 200 propuestas para poner al día el sector público en España, se fijó como uno de los objetivos «la articulación de mayores mecanismos de movilidad interna y movilidad interadministrativa para un uso lo más eficiente posible de los recursos de los que dispone cada Administración, canalizando hacia los sectores deficitarios parte de los efectivos ubicados en sectores que se consideren excedentarios, afectando también a las distintas Administraciones Territoriales».

El Grupo Popular en el Congreso ha aprovechado ahora la tramitación del Proyecto de Ley de Racionalización del Sector Público, que contiene varias medidas de reforma administrativa, para introducir una enmienda específica con la que se pretende «potenciar la movilidad interadministrativa, modulando la situación de los funcionarios que pasan a otras Administraciones Públicas y cesan en las mismas». Está previsto que la Comisión apruebe el dictamen, con competencia legislativa plena, a mediados de este mes.
Menos obstáculos

Se trata de dar más garantías jurídicas al funcionario que opta de manera voluntaria por cambiar de Administración Pública, para eliminar obstáculos y permitir una mayor eficiencia de los recursos allá donde hacen más falta, según fuentes parlamentarias consultadas por ABC.

En concreto, la enmienda introducida modifica parte del artículo 84 de la Ley de Estatuto Básico del Empleado Público. Tal y como queda redactado, los funcionarios de carrera que obtengan destino en otra Administración Pública a través de los procedimientos de movilidad quedarán respecto a su Administración de origen en la situación de servicio en otras Administraciones Públicas. «En los supuestos de remoción o supresión del puesto de trabajo obtenido por concurso, permanecerán en la Administración de destino, que deberá asignarles un puesto de trabajo conforme a los sistemas de carrera y provisión de puestos vigentes en dicha Administración». (Información completa)
www.abc.es

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