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lunes, 26 de mayo de 2014

Un ovetense que quedó ciego al atropellar a tres jabalíes, compensado con 90.000 euros

El Supremo exime a la aseguradora del vehículo de pagar cualquier compensación, que tendrá que asumir la sociedad de caza de Salas

El Tribunal Supremo ha confirmado una sentencia de la Audiencia Provincial de Oviedo que exoneró de responsabilidad civil a la aseguradora de un coche que tuvo un accidente en la carretera de Cornellana a Belmonte, al chocar contra una piara de jabalíes que procedía del coto por el que pasa la carretera. La víctima, el joven ovetense J. M. L. N,. que viajaba como pasajero y que perdió los dos ojos al saltar el airbag a consecuencia del choque, deberá conformarse con los 90.000 euros que pactó como indemnización con la sociedad de cazadores salense.

La resolución del alto tribunal, de la que ha sido ponente el magistrado Francisco Javier Arroyo Fiestas, da por acreditado que la víctima iba como pasajero en el vehículo que circulaba el 30 de diciembre de 2007 por la AS-15, en el término municipal de Salas (Oviedo), y que colisionó con una piara de jabalíes procedente del coto propiedad de la sociedad de cazadores "El Viso".

Como consecuencia del accidente, que se produjo en torno a las diez de la noche, uno de los viajeros, de 26 años, sufrió lesiones que supusieron la pérdida de los dos ojos, perjuicio estético importante y trastorno depresivo reactivo, según se indica en la sentencia. Su minusvalía es del 83 por ciento y quedó al cuidado de su madre, ya fallecida, y actualmente de su hermana.

El litigio en el Tribunal Supremo, una vez que la víctima pactó el cobro de una indemnización de 90.000 euros a pagar por la sociedad de cazadores, se centra en la reclamación que el joven y las dos mujeres presentaron contra Axa, aseguradora del vehículo.

Inicialmente, el Juzgado de Primera Instancia de Grado (Asturias) condenó a la aseguradora a abonar 554.404,74 euros al hombre y 70.000 euros a su madre, si bien posteriormente la Audiencia Provincial absolvió a la sociedad aseguradora al entender que no hubo conducta negligente por parte del conductor, lo que condujo a declarar la inexistencia de responsabilidad civil alguna.

Con este criterio coincide el alto tribunal, que analiza que el coto carecía de vallado en la zona inmediata con la carretera; que se había efectuado una cacería el mismo día del siniestro y que los titulares del coto ya indemnizaron al reclamante con 90.000 euros. Así, se desestima la demanda contra la aseguradora "al concurrir fuerza mayor extraña a la conducción del vehículo".

Tal y como informó LA NUEVA ESPAÑA a los pocos días de este siniestro, el vehículo en el que viajaba como pasajero J. M. L. N. impactó contra tres jabatos de tamaño mediano. A consecuencia del impacto, saltó el airgbag del BMW en el que el joven viajaba junto a otros dos jóvenes. El airbag quemó la cara del copiloto. El vehículo no llegó a salirse de la carretera.

Los ocupantes del vehículo salieron inmediatamente a pedir ayuda y, según revelaron en su día familiares del accidentado, tuvieron que llegar a ponerse en mitad de la carretera para conseguir que alguno de los coches que pasaba se detuviera para auxiliarles. Inicialmente, se atendió al herido en el centro de salud de Salas, pero ante la gravedad de las heridas fue trasladado al Hospital Central, donde fue operado. Los daños ocasionados durante el accidente eran tales que no fue posible devolverle la visión. (Información)

www.lne.es

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