¿Tenía que pasar la inspección técnica de su coche y se le ha pasado el plazo? Infracción grave: 200 euros de multa. Y eso aunque sólo haya sobrepasado en un día el plazo para cumplir el trámite. Así lo establece la normativa española. Sin embargo, el diario oficial de la Unión Europea acaba de publicar la nueva directiva 2014/45/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, relativa a las ITV por la que obliga a nuestro país a dar un período de gracia de «varias semanas» al conductor antes de imponerle la multa «para dar cierta flexibilidad a los titulares de certificados de matrícula y a los operadores». Además, la inspección debe ser «simple, rápida y barata» (en España cuesta unos 40 euros de media). Lo cierto es que en nuestro país, más de dos millones de conductores circulan con la ITV caducada, según datos de AECA-ITV, y con esta normativa que España debe trasponer a su legislación antes del 20 de mayo de 2017, se pretenden salvar más de 1.200 vidas al año y evitar más de 36.000 accidentes ya que se calcula que el 6% de los siniestros se debe a fallos técnicos. Las asociaciones del sector ya han valorado muy positivamente la normativa porque «va a contribuir a reducir los accidentes y porque aumentan los mecanismos de protección de los consumidores», dice Automovilistas Europeos Asociados (AEA). El secretario general de AECA-ITV, Luis Rivas, también cree que la nueva la directiva será beneficiosa, aunque España ya «cumple sobradamente» con muchas de las exigencias que llegan desde Europa. Estas son algunas de las novedades que incorpora:
PLAZOS DE INSPECCIÓN
Realizar la inspección técnica será obligatorio pasados cuatro años de vida del vehículo. A partir de entonces se exige cada dos hasta que el coche cumple los diez años de antigüedad, y es ya con esa edad cuando es preceptivo acudir a la ITV cada año.
Los taxis, ambulancias y vehículos de transporte de mercancías deberán pasarla al año de su matriculación y, después, cada año. Mientras que con respecto a las motos de 125cc se deja a cada Estado miembro que fije la obligatoriedad que considere necesaria. Ahora bien, los plazos se reducirán cuando sea preciso garantizar la seguridad vial por distintas causas: vehículos que sufran accidentes con daños graves que afecten a las ruedas, suspensión, dirección, frenos o zonas de deformación, en caso de que los sistemas de seguridad del vehículo y de protección del medio ambiente hayan sido alterados o por el cambio de titularidad del coche. (Información completa)
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