Un juzgado de Madrid ha anulado una sanción a un conductor porque las fotografías obtenidas para acreditar que no utilizaba el cinturón de seguridad no constituyen prueba suficiente
Una reciente sentencia judicial dictada por el Juzgado nº 33
de lo Contencioso-Administrativo de Madrid ha anulado una multa de 200 euros y
la detracción de 3 puntos impuesta por el Jefe provincial de Tráfico de Cuenca
a un conductor a través del sistema de captación de imágenes, denominado
«foto-cinto» por «no utilizar el conductor del vehículo el cinturón de
seguridad, correctamente abrochado», al considerar que dicha autoridad no
estaba facultado para imponer este tipo de sanciones y porque la fotografía
obtenida por un medio técnico no sometido a control metrológico no constituye
prueba de cargo suficiente, según Automovilistas Europeos Asociados (AEA).
Fuente: abc.es
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