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miércoles, 17 de julio de 2013

Aumentan las bajas temporales de vehículos debido a la crisis

Es importante saber que, un vehículo dado de baja temporalmente, no podrá circular ni permanecer estacionado en la vía pública.

Se puede dar de baja temporalmente un vehículo cuando lo vayamos a retirar de la circulación con carácter temporal, como sucede por ejemplo ante una larga estancia en otro país o cuando tenemos una avería muy costosa que no podemos reparar de forma inmediata o cuando no podemos hacer frente a los gastos que genera.
También se puede dar de baja temporalmente un vehículo cuando ha sido sustraído, siempre que hayamos denunciado el hecho, claro. Y cuando se entrega a un vendedor para que este lo ponga a la venta.
Para tramitar la baja temporal de un vehículo hay que ir a la Jefatura de Tráfico de la provincia donde tengamos nuestro domicilio legal o de la provincia en la que esté matriculado el vehículo y solicitarlo mediante el formulario de bajas de vehículos, identificándonos con el DNI, pasaporte o tarjeta de residencia, con el permiso de conducir español o con el pasaporte más el número de identificación de extranjeros si es el caso o, para los vehículos que figuran a nombre de empresas, aportando la tarjeta de identificación fiscal de la sociedad y acreditando los poderes necesarios.
También nos van a pedir la documentación del vehículo, entendida como tal el permiso de circulación y la tarjeta de la ITV y una tasa de 8 euros a no ser que la baja temporal se tramite por sustracción del vehículo, para lo que nos pedirán la denuncia. Con todo eso en la mano, Tráfico retendrá la documentación y dará paso a la baja temporal del vehículo en sus registros. (Información)
www.cadenaser.com

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